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Nueva Constitución define a Chile como un Estado social y democrático de derecho, plurinacional, intercultural y plurilingüe

Abr 15, 2022

El Pleno de la Convención Constitucional votó el informe de reemplazo de la Comisión de Principios Constitucionales junto a la segunda propuesta de esta y de la Comisión de Sistemas de Justicia, siendo aprobados siete artículos importantes para los pueblos originarios.

Este lunes 11 de abril se vivió una nueva jornada maratónica en la Convención Constitucional. Desde las 9:30 y hasta pasada las 22:30 hrs, el Pleno sesionó para agregar nuevos artículos de los informes de la Comisión de Principios Constitucionales y de Sistemas de Justicia al borrador de texto constitucional.

Las votaciones se iniciaron con el informe de reemplazo de la Comisión de Principios Constitucionales, en el que destacaban cuatro artículos relacionados a pueblos originarios:

3: Soberanía
4: Plurinacionalidad
9A: Principio del Buen Vivir (segundo inciso)
10 G: Recepción e integración del derecho internacional de los derechos humanos

De estas normas, la 3 pasó el borrador de nueva Constitución, la 4 y 10 G fueron rechazadas, alcanzando un mínimo para volver a la Comisión y ser reformuladas y votadas nuevamente, mientras que el 9 A se eliminó definitivamente del debate constitucional.

Finalizada la votación de este informe, se pasó a la segunda propuesta, siendo aprobados los tres artículos sobre pueblos originarios contenidos en este: 1, 12 y 17.

Los artículos 1 y 12 se aprobaron de manera íntegra, es decir, tal como la Comisión de Principios Constitucionales los presentó en esta segunda propuesta, mientras que el artículo 17 se aprobó bajo la indicación n°41 presentada por la convencional Paulina Veloso de RN.

El inciso primero del artículo 1 Estado, define que “Chile es un Estado social y democrático de derechoEs plurinacional, intercultural y ecológico”.

El artículo 12 Plurilingüismo define que “Chile es un Estado plurilingüe, su idioma oficial es el castellano y los idiomas de los pueblos indígenas serán oficiales en sus territorios y en zonas de alta densidad poblacional de cada pueblo indígena. El Estado promueve el conocimiento, revitalización, valoración y respeto de las lenguas indígenas de todos los pueblos del Estado Plurinacional”.

Acceso a la justicia intercultural

Tras la votación del informe de segunda propuesta de la Comisión de Principios Constitucionales se votó el Informe de segunda propuesta de la Comisión de Sistemas de Justicia, en el que destacaban cuatro artículos sobre pueblos indígenas, siendo rechazado y eliminado del debate constitucional solamente el 24 bis:
“Los sistemas de justicia indígenas solo conocerán conflictos entre miembros de un mismo pueblo originario. Los afectados siempre tendrán la opción de someter el asunto al Sistema Nacional de Justicia”.

Los artículos aprobados fueron:

9 Acceso a la justicia intercultural
“Es deber del Estado garantizar que los órganos que intervienen en el proceso respeten y promuevan el derecho a acceder a una justicia con perspectiva intercultural.
Las personas tienen derecho a una asistencia jurídica especializada, intérpretes, facilitadores interculturales y peritajes consultivos, cuando así lo requieran y no puedan proveérselas por sí mismas”.

26 Impugnaciones contra las decisiones de la jurisdicción indígena
“La Corte Suprema conocerá y resolverá de las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, en sala especializada y asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley”.

29 Composición del Consejo de la Justicia
Este artículo, tal como lo dice su nombre, fija la composición del Consejo de la Justicia, en el que tendrán que haber dos integrantes elegidos por los pueblos indígenas en la forma que determina la Constitución y la ley.

Las normas del informe de Principios Constitucionales y Sistemas de Justicia aprobados se suman al borrador de texto constitucional que será votado en plebiscito el 4 de septiembre próximo.

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