Después de cinco meses de un proceso de reivindicación territorial por parte de la comunidad mapuche Lof Quenquentrew en la zona de Cuesta del Ternero, en Río Negro, sus representantes, les fiscales y el empresario forestal que explota ese territorio bajo la figura de concesión, Rolando Rocco, llegaron a un acuerdo que implica, entre varias medidas, frenar la orden de desalojo, la suspensión de los plazos procesales y que se levanten todos los retenes policiales que no permitían que llegaran alimentos a la comunidad. Este acuerdo -que rige por seis meses y se puede prorrogar por el mismo tiempo- permite avanzar en el reconocimiento de derechos de la comunidad. El Estado ahora tiene que realizar las tareas necesarias para el relevamiento de sus derechos ancestrales en el territorio. Todo esto sucede luego de que a finales de noviembre fuera asesinado allí Elías Garay. Dos personas relacionadas con la explotación forestal de Rocco se encuentran acusadas por ese delito y por intentar matar a Gonzalo Cabrera en el mismo hecho.
En una audiencia virtual y luego de insistentes reclamos de la comunidad, se resolvió su permanencia en 10 hectáreas del territorio que reivindican. La empresa de explotación forestal seguirá con su actividad en otra zona de Cuesta del Ternero. Mientras estén suspendidos todos los plazos procesales y las medidas cautelares establecidas en la causa penal por la ocupación, la comunidad indígena tiene asegurado el acceso a los bienes naturales necesarios para desarrollar su modo de vida.
Este acuerdo provisorio permite a la comunidad comenzar junto al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) el relevamiento técnico, jurídico y catastral que establece la ley 26.160, que declara la emergencia territorial de las comunidades indígenas del país. Ese proceso incluye también la elaboración de un informe histórico-antropológico que sustente la relación de la comunidad con el territorio. Según quedó establecido en el acuerdo, las partes deberán presentar alternativas para una solución definitiva al conflicto.
El acuerdo pone en evidencia que la utilización del sistema penal para criminalizar a las comunidades mapuches cuando reclaman por sus territorios es una decisión política, y que se opta por ese camino para obstaculizar la posibilidad de lograr avances en el reconocimiento de sus derechos. Esto ocurrió durante varios meses en Cuesta del Ternero, lo que tuvo consecuencias serias para la comunidad. Hoy se muestra que existe otro camino. El Estado federal y las provincias deben reemplazar el uso del sistema penal por este otro tipo de mecanismos.
El 18 de septiembre del año pasado, los integrantes de la Lof Quenquentrew plantearon la recuperación como parte de un regreso a tierras ancestrales deshabitadas desde hace décadas y “a merced de intereses inmobiliarios, forestales e hídricos” que contaminan la zona. Allí llevan adelante trabajos la empresa de la familia Rocco, que tiene una cuestionada concesión para forestar pinos. De inmediato, Rocco exigió el desalojo y -a pesar de que había un acuerdo con un fiscal de no utilizar la fuerza- la fiscala Betiana Cendón ordenó un operativo en el que se detuvieron a cuatro personas. Los integrantes de la comunidad denunciaron que ese día les dispararon con balas de goma y de plomo, que les robaron pertenencias y que agredieron a un menor de edad. Desde entonces, la Policía provincial cercó los accesos y puso retenes en la ruta, aislando de hecho a la comunidad.
El 21 de noviembre, dentro del territorio comunitario recuperado, dos hombres armados dispararon contra Elías Garay y contra otro de los miembros de la comunidad que sufrió graves lesiones. Elías fue asesinado. Los dos atacantes, vinculados con la explotación forestal de Rocco, fueron imputados por la fiscalía de Río Negro y la investigación aún sigue adelante.
Parte de los conflictos con las comunidades mapuche en la Patagonia está vinculada al incumplimiento por parte de la provincia de Río Negro de la ley 26.160. Esa norma, que ya tiene 15 años, exige realizar un relevamiento de todos los territorios reclamados por los pueblos originarios pero en Río Negro solo fueron relevadas 55 de 106 comunidades, lo que provoca una situación de indefensión jurídica para todes les que no están en ningún registro. A esta frágil situación se agrega que esta ley es de carácter excepcional y que debió ser prorrogada por el Poder Ejecutivo mediante un DNU ya que no llegó a ser tratada en Diputados, y sólo obtuvo la media sanción de Senadores.
En muchos casos, las recuperaciones de territorios son utilizadas por diferentes actores interesados en promover la idea de la violencia mapuche. Pero al mismo tiempo, constituyen acciones que buscan visibilizar conflictos que, de otra manera, serían silenciados en función del avance privado sobre las tierras.
La falta de políticas públicas y de voluntad del Estado, sobre todo los provinciales, para avanzar con la ley 26.160 y luego en la regularización de dominio del territorio de las comunidades garantizando así derechos ya reconocidos constitucionalmente provoca que estas queden en una indefensión legal a merced de conflictos con intereses privados. El Estado argentino está obligado por un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a sancionar e implementar una ley de propiedad comunitaria indígena que resuelva el problema del acceso de las comunidades al territorio.